Si bien la afirmación referida en el título puede parecer de Perogrullo, los interinos entenderán mi, pues no, pero vamos a desarrollar la nueva directiva europea que les permite obtener una licencia de estudios relacionada con el puesto de trabajo que desempeñan. La directiva europea prohíbe la discriminación entre los fijos y los interinos.

La resolución expone que es contrario al ordenamiento de la Unión Europea por la Directiva 1999/70/CE, en cuanto confiere el derecho a no ser discriminado, impedir a los funcionarios interinos, por su mera condición de tales y sin introducir modulación alguna, la posibilidad de obtener licencias de estudios sobre materias relacionadas con el puesto de trabajo.

La regulación de las licencias para realizar estudios sobre materias relacionadas con el puesto de trabajo entra dentro de la idea de «condiciones de trabajo», y el art. 122 del Decreto Legislativo 1/1997 resulta incompatible con el Derecho de la Unión.

Es por ello que el Tribunal Supremo indica que hay una prohibición de trato discriminatorio entre los trabajadores fijos y los interinos, considerando la ya mencionada directiva de aplicación directa.

Y hablamos de esto, debido a que una funcionaria interina, presentó una solicitud para asistir a un curso de formación de la Organización Internacional del Trabajo, que debía celebrarse en Ginebra durante dos semanas, y su superior jerárquico informó positivamente la solicitud, que luego fue denegada por el Servei d’Ocupació de Catalunya con el único argumento de que conforme al art. 122 del Decreto Legislativo 1/1997 el personal eventual y el personal interino no podían disfrutar de licencias para realizar estudios relacionados con el puesto de trabajo.

Por ello el Tribunal resolvió que, como la funcionaria en cuestión, ya no podría acudir al curso. Se le debían dar como días de vacaciones los días que hubiera durado el curso.

Es por ello que debemos defender nuestros derechos como trabajadores y no permitir que seamos interinos o tengamos el puesto ya, se vulneren nuestros derechos principales.

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