Quizá no sabías que existen ayudas para mujeres autónomas con hijos. Pues sí, aunque este país no cuida demasiado a los autónomos al menos si tienes hijos te contamos de ventajas de las que puedes beneficiarte.

Las mujeres autónomas representan 1 de cada 3 autónomos, por lo que hay que ayudar y/o proteger la natalidad de alguna forma. Por ello se han ido creando las siguientes ayudas para madres autónomas:

1 -Derecho a baja por maternidad: La mujer autónoma tiene derecho a la baja por maternidad durante 16 semanas ininterrumpidas. Este periodo se contabiliza desde el día mismo del parto y puede aumentar en casos de hospitalización y parto múltiple.

Si bien la madre está obligada a disfrutar de las 6 semanas posteriores al nacimientopuede transferir al otro progenitor las otras 10 o disfrutarlas a media jornada.

2 -Ayudas a la maternidad para autónomas que no cumplan con los requisitos para poder solicitar la anterior, o lo que sería lo mismo una baja no contributiva: podrás optar a ella sino cumples con los requisitos para poder ser beneficiaria de la baja por maternidad contributiva. En este caso el subsidio se reduce a 42 días naturales desde la fecha del parto. Puede verse extendida si concurre alguna de estas circunstancias:

  • Familia numerosa.
  • Familia monoparental.
  • Parto múltiple, igual o superior a dos hijos.
  • Cuando el padre o la madre estén afectados por una discapacidad igual o superior al 65%.

Su cuantía es diferente a la de la pensión en su modalidad contributiva y es igual al 100% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).

3 -Bonificación de la cuota de autónomas para madres víctimas de violencia de género: esta bonificación será por 6 meses.

4 -Bonificación para madres autónomas que se reincorporan al trabajo tras la baja por maternidad: pueden solicitar la tarifa plana de autónomos, sin que hayan pasado los 2 años necesarios entre que dejaron de cotizar y volvieron a darse de alta.

5 -Bonificaciones para las autónomas que realicen conciliación familiar: la cuota mensual a la Seguridad Social será bonificada al 100% durante 12 meses si se va a cuidar a un menor de 12 años o a un familiar de hasta segundo grado con dependencia o discapacidad en un grado mínimo del 33%.

La pega de esta bonificación es que existe la obligación de contratar a alguien que te sustituya mientras tú sigas dado de alta en el RETA. Una vez vuelvas a estar activa tendrás que mantenerte en alta, mínimo, otros 6 meses. Esta contratación se puede hacer a media jornada, pero, consecuentemente, la bonificación también se efectuará al 50%.

6 -Cuidado de menores afectados por enfermedades graves: Se considera una situación protegida, el periodo de cese parcial en la actividad para el cuidado de los menores enfermos afectados por cáncer o cualquier otra enfermedad grave que implique ingreso hospitalario de larga duración y requiera cuidado directo, permanente y continuo. Eso quiere decir, que la madre opta por reducir su jornada al menos en un 50% (entendiendo por «jornada» 40 horas semanales). Para el reconocimiento y abono de esta ayuda que compensa esa carencia de ingreso por la reducción de la jornada hay que estar al corriente de pago de la Seguridad Social.

Estas son las medidas más importantes para autónomas que hayan sido o vayan a ser madres o que simplemente quieran conciliar vida laboral y familiar.

Para solicitar estas ayudas te recomendamos te pongas en manos de un experto para aprovecharlas al máximo. En nuestro despacho venimos ayudando a las autónomas desde hace años con el fin de que puedan compatibilizar sus vidas personales y profesionales: CONTACTA

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