Ya se acerca el muy temido momento para todos los ciudadanos de tener que hacer la presentación de la declaración de la renta.Si eres autónomo te damos tips para desgravarte al máximo en la Declaración de la Renta.

A modo informativo diremos que el plazo de presentación será hasta el 30 de Junio: CALENDARIO

Para los autónomos suele ser todavía más duro que para el resto hacer la declaración de la renta, por ello os vamos a dar algunos consejos de cosas que os podéis desgravar:

  • Desgravar el alquiler:

Ya sea el destinado a la realización íntegra de nuestra actividad o si es el domicilio habitual, podemos desgravar la parte proporcional que usemos para trabajar.

  • Desgravar los suministros:

Luz, agua, calefacción, internet,…, pueden deducirse hasta un 30% del total, si es de la vivienda habitual.

  • Desgravar compras y reparaciones de bienes de inversión:

Sólo en el caso de que el valor sea superior a 3000 euros, ya que en la declaración de la renta es obligatoria la amortización.

  • Materias primas:

Los materiales y materias primas utilizados para el desarrollo de la actividad.

  • Desgravar página web:

Tanto la creación, como el mantenimiento, son deducibles.

  • Desgravar herramientas online:

Si necesitas de algún programa o software específico, también es deducible.

  • Desgravar seguros:

Los seguros relacionados con la actividad laboral, también son deducibles.

  • Desgravar la cuota de autónomos a la Seguridad Social, también se puede deducir.

  • Desgravar dietas:

Si por el desempeño de nuestra labor necesitamos desplazarnos y comer o pernoctar fuera de casa podemos deducirnos por día es de 26,67 euros en España y 48,08 en el extranjero, cantidades que suben a 54,34 euros y 91,35 si se pernocta fuera de casa. También podemos deducirnos los viajes realizados en medios de transporte tales como avión o tren, siempre que hayan sido en aras del desempeño de nuestra función. Si se adquiere un vehículo si es exclusivamente para uso profesional podemos deducir el 100%, en cambio si también es para uso personal, sólo el 50%.

  • Desgravar los gastos de otros trabajadores:

Si tenemos trabajadores contratados, les hemos dado cursos formativos,…, son gastos deducibles.

  • Desgravar profesionales específicos, asesoría y contabilidad:

Podemos deducir el gasto de abogados, asesores fiscales o de otra índole que sean necesarios para el funcionamiento de nuestro negocio.

  • Desgravar gastos en publicidad:

Deben ser correctamente registrados y justificados como herramientas para fomentar el crecimiento de la empresa, ya sea en medios físicos o tradicionales y medios online.

Así pues, aunque no sea mucho lo que podamos deducir, sí que estos consejos de cuestiones deducibles nos pueden ayudar a ahorrar un poquito o dicho de otra forma pagar algo menos. Para ello, como siempre, os recomiendo os pongáis en manos de expertos como los que tenemos en nuestro despacho que llevan desempeñando estos servicios desde hace años. CONTACTA

Autónomo: te damos tips para desgravarte al máximo en la Declaración de la Renta.