Con frecuencia se oye o se lee en medios de comunicación que se ha producido un robo, y se rebate o se da la razón diciendo que realmente es un hurto, pero sabemos realmente en qué se diferencia uno del otro.

El robo y cito textualmente del diccionario jurídico consiste en “en apropiarse de los bienes o derechos de alguien por medio de la fuerza en las cosas o por intimidación a las personas”, habiendo dos tipos de robo según el Código Penal:

-robo con fuerza en las cosas: se recoge en el artículo 238 del C.P., se necesita que haya habido un forzamiento en una cerradura, un escalamiento o roturas en alguna estructura (cristales, techos, paredes,…,), para aplicar este concepto se necesita que se produzca lo explicado anteriormente antes de coger la cosa, y la pena iría de 1 a 3 años de privación de libertad.

-robo con violencia: también llamado con intimidación, se produce cuando se emplea la fuerza física con la víctima o se le coacciona para obtener la cosa, viene establecido en el artículo 242 del Código Penal, en este caso se aplicaría la misma pena que en el caso anterior.

El hurto se encuadra en los delitos contra el patrimonio y se diferencia del robo en que en el hurto no se emplea violencia o fuerza, actualmente tendríamos dos tipos de delito uno leve, cuando la cosa sustraída tiene un valor inferior a 400 euros y éste se iría agravando por las conductas de la persona que lo lleva a cabo: si la cosa tiene un valor artístico o científico, si son cosas de primera necesidad y su hurto puede provocar desabastecimiento, componentes de infraestructuras de suministros, si se pone a la víctima o su familia en grave situación económica causando así un desamparo, si el culpable hubiera sido condenado por al menos tres veces por delitos de la misma naturaleza, si se emplean menores de 16 años o si se realizan mediante una organización o grupo criminal que se dediquen a delitos de similar naturaleza.

El hurto se recoge en los artículos 234, 235 y 236 del Código Penal, llevando aparejadas penas que pueden oscilar desde una multa de 3 a 12 meses, llegando en los casos agravados a penas de prisión de 1 a 3 años.

Esperamos que la explicación os haya servido de ayuda para diferenciar entre robo y hurto, si en algún momento sufrís cualquiera de los tipos penales anteriormente descritos poned inmediatamente una denuncia ante la policía y venid a nuestro despacho para que os asesoremos sobre cómo gestionar de la mejor forma posible el desagradable incidente.